En el Perú, los días feriados y días no laborables representan una parte fundamental de la regulación laboral, ya que permiten a los trabajadores disfrutar de descansos remunerados. Estos días incluyen tanto feriados nacionales como los días no laborables adicionales decretados de forma excepcional por el gobierno con fines como incentivar el turismo interno, entre otros.
El Decreto Supremo N° 110-2024-PCM, promulgado por la PCM, ha aprobado que se declaren como días no laborables el jueves 14, viernes 15 y sábado 16 de noviembre de 2024, tanto para el sector público como privado, pero solo en Lima Metropolitana y el Callao. Estas tres fechas serían días libres, como se ha hecho en años anteriores, a causa de las reuniones principales del Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico (APEC), que se celebrará en Perú en el décimo primer mes del año.
Para fines tributarios, son considerados hábiles los días jueves 14 y viernes 15 de noviembre de 2024. Además, es importante mencionar que ambos días son sujetos a compensación para el sector público, desde los 15 días inmediatos posteriores al evento y para el sector privado, previo acuerdo entre trabajador y empleador (a falta de acuerdo, decidirá el empleador).
Por otro lado, en caso de que el empleador desee que sus trabajadores asistan a laborar esos días, no habría ningún inconveniente con la asistencia, ya que no les correspondería ningún pago adicional. Cabe recalcar que los días no laborables, a diferencia de los días feriados laborados, son recuperables.